El pasado 2 de mayo venció el plazo para la declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio 2021.
Aquellos que no han cumplido con su declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR) del ejercicio 2021 tanto de empresas como de personas físicas, deberán considerar que hay una serie de sanciones a las que se pueden hacer acreedores si no lo hacen en tiempo y forma.
Especialistas en De la Paz, Costemalle – DFK explican que debieron declarar impuestos los trabajadores en nómina cuyos ingresos fueron de más de 400 mil pesos anuales, aquellos que tuvieron ingresos por indemnización laboral, liquidación, pensión o jubilación, si recibieron un premio como la lotería y quienes tienen ingresos por renta de inmuebles.
También contribuyentes que son personas físicas que tuvieron dos o más patrones, trabajadores independientes que expidieron CFDI de ingresos (facturas o recibos de honorarios).
El Código Fiscal de la Federación (CFF), en el Artículo 81, señala como infracciones tanto la ausencia de la declaración anual, como no hacer el pago de todas las obligaciones fiscales, esto aplica cuando el contribuyente tiene varias fuentes de ingresos.
La multa, incluida en el Artículo 82 del CFF, para los contribuyentes que no hagan el pago de impuestos correspondientes al ejercicio del año pasado va de los mil 560 a los 19 mil 350 pesos.
En este sentido, Juan Pacheco, Socio director en De la Paz, Costemalle - DFK comenta que, si los contribuyentes presentan una declaración incompleta, por cada obligación que no esté declarando, la sanción va de mil 560 a 38 mil 700 pesos.
El CFF también contempla una multa que va de 15 mil 860 a 31 mil 740 pesos por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello, presentarlas fuera del plazo o no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales para presentarlas o cumplirlos fuera de los plazos señalados.
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