Actualizan tablas de enfermedades de trabajo y valuación de incapacidades permanentes.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social en la Cámara de Diputados avaló por 24 votos el dictamen a la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, con el objeto de actualizar las Tablas de Enfermedades de Trabajo y la Valuación de Incapacidades Permanentes.
Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (Morena), presidente de esta comisión dijo que la resolución toma como eje la propuesta presentada por el Ejecutivo Federal y atiende las iniciativas de la diputada Leticia Zepeda Martínez (PAN), así como de las y los legisladores del mismo grupo parlamentario y del senador Rogelio Israel Zamora Guzmán (PVEM).
Mencionó que se reforma el artículo 513 para establecer que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social será la responsable de actualizar, con opinión de la Comisión Consultiva de Seguridad y Salud en el Trabajo y especialistas en la materia, el contenido de las Tablas de Enfermedades de Trabajo, y de la Valuación de Incapacidades Permanentes de los riesgos laborales.
También moderniza el Catálogo de las Cédulas de Valuación de las Enfermedades de Trabajo, al señalar que este documento deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su cumplimiento y aplicación.
Añadió que se reforma el artículo 514 a fin de establecer que dichas Tablas serán revisadas al menos cada cinco años o cuando existan estudios e investigaciones que lo justifiquen.
Para ello, la Secretaría del Trabajo deberá tomar en cuenta el progreso y los avances de la medicina en el trabajo y podrá auxiliarse de personas técnicas y médicas especialistas que se requiera, de acuerdo con un boletín de la Cámara de Diputados.
Informó que se reforma el artículo 515 para incorporar que una vez que concluya la revisión de las Tablas, la Secretaría las pondrá a disposición de la persona titular del Ejecutivo Federal para el inicio del proceso legislativo consecuente.
Baldenebro Arredondo destacó la necesidad de actualizar las Tablas, toda vez que han transcurrido 53 años desde su publicación; además, para incorporar nuevos padecimientos acordes con las condiciones laborales actuales.
Es de resaltar, añadió, que la Tabla de Enfermedades de Trabajo pasa 161 a 194; incluyen datos de identificación de enfermedades, su nombre y código con base en la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) de la Organización Mundial de la Salud y con el voto unánime de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Respecto de la Tabla de Valuación de Enfermedades Permanentes resultante de los riesgos de trabajo, pasa de 409 a 524. En ella se describe el aparato o sistema del cuerpo afectado, la secuela y el porcentaje de incapacidad que resulta. Se contempla el porcentaje mayor en beneficio del trabajador.
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