La STPS determinará la existencia o no de una denegación de derechos a la libertad de asociación y negociación colectiva.
Al amparo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del Anexo 31-A del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), la Secretaría de Economía, comunicó a la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos la admisión de la solicitud de revisión respecto a una supuesta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la empresa Tecnología Modificada, ubicada en Nuevo Laredo, Tamaulipas.
A partir de la admisión de esta solicitud, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con un plazo de 37 días para conducir una revisión interna para determinar la existencia o no de una denegación de derechos a la libertad de asociación y negociación colectiva en la empresa, señaló la dependencia en un comunicado.
El Gobierno de México reitera su compromiso en aplicar en forma efectiva la legislación laboral, así como las disposiciones en la materia establecidas en el T-MEC, garantizando con ello el cumplimiento y protección de los derechos colectivos de las personas trabajadoras del país.
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