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Iniciativas legales avanzan para reducir la desigualdad salarial y la discriminación

  • La iniciativa, turnada a las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y de Igualdad de Género, sustituye el término trabajador por el de “persona trabajadora”.
  • Incluye el concepto de brecha salarial de género como la disparidad entre el salario promedio que reciben hombres y mujeres por trabajo igual o de igual valor en un mismo centro de trabajo.

 

POR Redaccion, 13:13 - 06 de Enero del 2025
Iniciativas legales avanzan para reducir la desigualdad salarial y la discriminación

Las diputadas de MC, Irais Virginia Reyes de la Torre y Patricia Mercado Castro, proponen reformar y adicionar las leyes federales del Trabajo y para Prevenir y Eliminar la Discriminación, las generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones y la del Seguro Social.

Prohíbe toda acción u omisión que provoque o perpetúe la brecha salarial de género, desde preguntar el historial salarial hasta la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor dentro de un mismo centro laboral.

Adiciona el principio de igualdad sustantiva y prohíbe toda compensación o práctica que incida en las percepciones económicas de la persona trabajadora, por razones de género, origen étnico, edad, cultura o cualquier motivo discriminatorio por lo cual se podrá demandar la reparación del daño.

De acuerdo con un boletín del recinto legislativo, se subraya que los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, el certificado en materia de igualdad laboral y no discriminación.

En la exposición de motivos se menciona que subsisten profundas estructuras de desigualdad con componentes culturales, sociales y políticos y que los beneficios del crecimiento no han sido parejos.

Las cámaras empresariales y sus confederaciones deberán agregar las oportunidades de empoderamiento, de negocios e igualdad laboral y salarial entre mujeres y hombres.

Faculta al Instituto Mexicano del Seguro Social a identificar y hacer del conocimiento de las autoridades e instancias correspondientes las posibles acciones u omisiones que afecten el principio de igualdad salarial por discriminación de género.

 

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