Las comisiones unidas de Vivienda y de Trabajo y Previsión Social avalaron, con cambios, el dictamen a la minuta del Senado que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y Federal del Trabajo, en materia de vivienda con orientación social.
El proyecto de decreto se aprobó, en lo general, con 46 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones, y se remitió a la Mesa Directiva para los efectos conducentes.
También resaltan las modificaciones relativas a la vigilancia y rendición de cuentas del Infonavit en materia crediticia. Se propone que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el auxilio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, supervise y vigile las operaciones de crédito que celebre el Instituto con las personas trabajadoras derechohabientes, estableciendo un sistema de programas de autocorrección en caso de que exista algún incumplimiento de las normas aplicables.
Señala que la fiscalización del Instituto estará a cargo de la Auditoría Superior de la Federación, la cual será competente para revisar la actividad del Instituto como organismo fiscal autónomo, la debida integración y administración de su patrimonio, el ejercicio del presupuesto de gastos de administración, operación y vigilancia, así como del presupuesto de inversión en materia de construcción y administración inmobiliaria.
Respecto a los órganos del Infonavit, se estipula que la Comisión de Vigilancia se conformará con nueve integrantes designados por la Asamblea General propuestos por cada representación sectorial de la siguiente forma: tres por el Gobierno Federal, tres del sector de las personas trabajadoras y tres del sector empresarial.
El Comité de Auditoría se integrará en forma tripartita con un integrante designado por el Gobierno Federal, uno del sector de los trabajadores y uno del sector empresarial.
También se indica que el Consejo de Administración aprobará anualmente el presupuesto de inversión en construcción, garantizando en todo momento que se destinen los recursos suficientes para el otorgamiento de crédito a las personas trabajadores derechohabientes.
Resalta que los integrantes de los órganos colegiados del Infonavit no recibirán remuneración alguna por el desempeño de su función.
En su régimen transitorio se indica que la constitución de la empresa filial del Infonavit deberá realizarse dentro de los 30 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto.
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