Este Comité aprobó las reglas de operación del Fondo, las cuales tienen por objeto regular la recepción, administración, inversión, y entregas de recursos que realice el Fondo al IMSS, ISSSTE e INFONAVIT.
La víspera, se celebró la primera sesión del Comité Técnico del Fondo de Pensiones para el Bienestar, en la que el secretario de Hacienda y Crédito Público y Presidente del Comité Técnico de dicho Fondo, Rogelio Eduardo Ramírez de la O, declaró formalmente instalado ese órgano colegiado con la presencia de todos sus integrantes.
De igual forma, se aprobaron reglas que norman el funcionamiento del Comité Técnico, las funciones de la Secretaría Técnica y de la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social de la SHCP en el Fondo, precisó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en un comunicado.
Además, estas reglas regulan lo correspondiente al cumplimiento de las obligaciones del Fondo en materia de rendición de cuentas y demás procedimientos y mecanismos para el cumplimiento de sus fines.
En la sesión, el Comité Técnico también aprobó el Régimen de inversión del Fondo a efecto de que la administración de los recursos que lo integren se lleve a cabo acorde con los siguientes objetivos principales: 1) cubrir las necesidades de liquidez requeridas para dar cumplimiento a los fines del Fondo; 2) procurar la preservación de capital del patrimonio del Fondo en términos reales; y 3) generar rendimientos, en la medida de lo posible, que contribuyan a incrementar el patrimonio del Fondo, sujeto a una prudente administración de riesgos.
Por otro lado, el Comité Técnico aprobó el Plan de Trabajo para el ejercicio 2024, así como los lineamientos para evitar conflicto de interés del Banco de México cuando lleve a cabo operaciones consigo mismo, en su función de Banco Central y como Fiduciario del Fondo; al respecto, se observarán los más altos estándares éticos y principios profesionales que mantiene el Banco de México para sus propias operaciones.
Asimismo, el Comité Técnico tomó conocimiento de la metodología del cálculo de las reservas para asegurar las devoluciones a titulares de cuentas inactivas que las soliciten, presentada por los mencionados institutos para cumplir con su obligación de garantizar la imprescriptibilidad de derechos de las personas trabajadoras sobre sus recursos.
Finalmente, en materia de transparencia, el Comité Técnico aprobó la publicación cada trimestre de un informe sobre las actividades del Fondo con fines de rendición de cuentas.
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